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miércoles, 21 de noviembre de 2018


Acta
Honorable Tribunal de Penas
Boletín Oficial
1412
20 de Noviembre de 2018
922
Sancionados.

División
Jugador
Club
Sanción
PRIMERA
NÚÑEZ IVÁN
PEDERNALES
4 PARTIDOS. (Art. 185)
CUARTA
LÓPEZ ENZO I.
J. UNIDA
4 PARTIDOS.
CUARTA
RODRÍGUEZ LUCAS
J. UNIDA
3 PARTIDOS.

Pendiente de Resolución.

División
DNI
Jugador
Club
Sanción
CUARTA


J. UNIDA
Arts. 80 e + 83 + 90
CUARTA

RODRÍGUEZ RAÚL (PRESIDENTE)
J. UNIDA
Art. 248

Pendiente de Resolución.

  • Reconsideración del Club Valdés pendiente de resolución.

Traslado para Descargo.

PRIMERA
GAMEZ SEBASTIÁN
P. ESPAÑA
Art. 201 b 4

Sanción al Club Juventud Unida.

Atento a la infracción que se le atribuye, por el partido que disputó con el Club Argentinos en Cuarta División el día 03-11-2018, lo que fue encuadrado en los artículos 80 e y 106 del Reglamento de Transgresiones y Penas; los distintos informes obtenidos por este Tribunal, los testimonios y declaraciones que prestaron los Sres. Boisserenc Martín, Cepeda Fabricio y Piarrou Rubén integrantes de la terna arbitral del citado encuentro; y el Sr. Rodríguez Raúl Presidente de la Institución involucrada.
Por todo ello, acorde a la valoración de los hechos y a la libre convicción de este cuerpo, se resuelve:
a)    Dar por suspendido definitivo el partido por infracciones que reprimen el artículo 80 del Reglamento de Transgresiones y Penas, y por consiguiente se declara perdido el partido al Club Juventud Unida, según dispone el artículo 106 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
b)    Registrar el resultado: Juventud Unida 0 (cero) vs. Argentinos 2 (dos). Artículo 152 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

Amonestaciones.

División
Jugador
Club
Sanción
PRIMERA
NOGUERA NAZARENO
P. ESPAÑA
4ª AMONESTACIÓN.
PRIMERA
PAVÓN CANGINI JUAN M.
RIESTRA
4ª AMONESTACIÓN.
PRIMERA
BRUSCA MANUEL
ARGENTINOS
2ª AMOMESTACIÓN.
PRIMERA
RIVARILA DIEGO (p)
P. ESPAÑA
2ª AMONESTACIÓN.
PRIMERA
ROBLEDO NORBERTO
P. ESPAÑA
2ª AMONESTACIÓN.
PRIMERA
DE SIMONE TOMÁS
PEDERNALES
1ª AMONESTACIÓN.
PRIMERA
DURÉ EZEQUIEL
PEDERNALES
1ª AMONESTACIÓN.
PRIMERA
SALOMÓN JORGE
RIESTRA
1ª AMONESTACIÓN.

Se Recuerda a los clubes que se aplicará el artículo 110 por la demora en el comienzo de los partidos en todas las Divisiones.

Se aplicarán los artículos correspondientes a los Clubes que incluyan en el terreno de juego y zona de vestuarios personas que no figuran en las planillas correspondientes a los encuentros en todas las Divisiones.


Los descargos de los imputados deberán realizarse oportunamente hasta las 19:30 hs. del martes siguiente a la lectura del informe arbitral y no podrán anticiparse. Además, deberán efectuarse por escrito y en membrete de la Institución, aún en caso en que el imputado sea un jugador. En tal caso deberá ser firmado también por el mismo.
Los reclamos y/o consultas al Tribunal deberán hacerse por escrito y con las formalidades habituales y serán resueltas cuando el Tribunal sesione.


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